Cuando los trabajadores independientes laboren en actividades con clase de aventura I, II o III (definidas en el Decreto 1607 de 2002), le corresponde al contratista abonar el valencia de la cotización al Sistema Militar de Riesgos Laborales; Para los trabajadores independientes con pacto de prestación de servicios, que https://carlj666hxo6.wikifordummies.com/user