Figuraí pues, el mandato constitucional contenido en el artículo 40.2 de nuestra condición de leyes y la comunidad jurídica establecida por la Unión Europea en esta materia configuran el soporte primordial en que se asienta la presente índole. Unido a ello, nuestros propios compromisos contraídos con la Estructura Internacional del https://hectorfqzfl.dgbloggers.com/36645058/una-revisión-de-plan-de-prevención